Expulsión confirmada: el tribunal desestima la defensa de un migrante gambiano
Un ciudadano de Gambia, cuya edad ha sido objeto de un intenso debate legal, verá cumplida su expulsión de España tras una decisión firme del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La sentencia, que rechaza la solicitud de sustituir la expulsión por una multa, evidencia la rigidez de la administración en aplicar la ley de extranjería.
Dudas sobre la edad, un argumento diluido por la realidad
La batalla legal del migrante, que llegó a España en 2023 en situación irregular, se centró en demostrar que, al ingresar en territorio Schengen, aún era menor de edad. Presentó certificados de nacimiento, documentos consulares e incluso un informe médico que apuntaban a una edad de 17 años y nueve meses. Sin embargo, la Fiscalía de Menores de Asturias, con pruebas radiológicas sólidas, determinó que el individuo debía ser considerado mayor de 18 años, una conclusión que el tribunal no ha reconsiderado.
El tribunal, con un tono implacable, desestima con rotura cualquier intento de reabrir ese debate, subrayando la falta de validez probatoria de los documentos aportados, copias no legalizadas ni apostilladas. La defensa argumentó que su permanencia en España, marcada por la asistencia a clases de castellano, cursos de electrónica y manejo de carretillas elevadoras, justificaba una sanción económica en lugar de la expulsión. Un esfuerzo de integración, concluye el tribunal, no es un salvoconducto para evitar la aplicación de la ley.

La administración, inflexible en sus fundamentos
La resolución del TSJCYL se basa en una doctrina reciente del Tribunal Supremo que recalca la necesidad de justificar la expulsión con circunstancias adicionales, más allá de la mera situación irregular. Se señalan la falta de trazabilidad de su entrada en el espacio Schengen, las dudas sobre la documentación presentada y la ausencia de vínculos familiares, laborales o sociales que pudieran justificar una excepción. El tribunal no se inmuta ante la evidencia de su esfuerzo de integración, calificándola de insuficiente para alterar la decisión administrativa.
La sentencia, con un cierre contundente, reafirma el derecho de la administración a decidir la expulsión cuando concurren circunstancias agravantes, desestimando la solicitud de sustitución por una multa. El migrante gambiano verá cumplida la prohibición de entrada en España durante tres años, un veredicto que subraya la firmeza de la legislación en materia de extranjería. La expulsión es definitiva.
