Procesan a tapia y toviggino por retener $19.000 m de impuestos en la afa

El juez Diego Amarante procesó esta madrugada al presidente de la AFA, Claudio Tapia, al tesorero Pablo Toviggino y a tres ex directivos por retener $19.000 millones de impuestos y contribuciones entre 2024 y 2025. La sanción incluye embargo de $350 millones sobre cada uno y prohibición de salir del país sin permiso judicial. La Asociación del Fútbol Argentino, como persona jurídica, quedó también imputada por apropiación indebida agravada en 34 oportunidades.

La defensa de dalbón: “no hay deuda, no hay delito”

Gregorio Dalbón, abogado de la AFA, salió a desmentir el procesamiento apenas se conoció el fallo de 140 páginas. Su mantra: “Cero pesos adeudados”. Según Dalbón, la resolución del propio Amarante admite que la deuda fue saldada con intereses, por lo que desaparece el perjuicio fiscal que sustenta el tipo penal. “Si el Estado no perdió un peso, ¿dónde está el delito?”, desafió en declaraciones a la prensa que ya circulan por WhatsApp entre dirigentes.

El letrado prepara seis agravios para la Cámara Nacional en lo Penal Económico. El más demoledor apunta a una presunta contradicción: el juez excluye del monto al subconcepto 551 porque la ley penal no prevé la figura de “agente de autorretención”, pero mantiene el resto de la acusación bajo el mismo decreto. “El principio de legalidad no funciona a la carta”, ironiza Dalbón.

Cómo se financió la demora: sponsors y cuentas propias

Cómo se financió la demora: sponsors y cuentas propias

Amarante destaca en su resolución que, en los meses críticos, la AFA recibía “significativas transferencias de sponsors” que demostraban “amplia disponibilidad” para pagar. Por eso cree que el hecho se consumó cuando vencieron los 30 días de retenidas y no se giró el dinero. Ahora, Tapia y Toviggino deberán avisar si se van de sus casas más de 72 h; sus firmas y claves bancarias están bajo la lupa.

La investigación revela que Toviggino aparece en la totalidad de los cheques emitidos; Tapia, como cara legal, “magnifica su responsabilidad” por estar al tope de la cadena de decisiones. Para el magistrado, eso basta para atribuirles dolo sin necesidad de probar ordenes directas de no pagar.

El argumento que puede revertir la causa

El argumento que puede revertir la causa

Dalbón insiste en que la AFA se amparó en cinco resoluciones del Ministerio de Economía y en planes de pauta oficiales que suspendieron la ejecutoriedad de la deuda. “Usar un plan que ofrece el propio fisco prueba colaboración, no delito”, sentencia. Además, invoca la ley 27.799: cuando el atraso obedece a diferencias de interpretación, la AFIP no debe criminalizar. El juez la consideró “procesal-administrativa” y la dejó afuera; la Cámara deberá decidir si aplica retroactivamente como norma más benigna.

Mientras tanto, el fútbol argentino respira con la tripa apretada: la AFA necesita liquidez para la Copa América 2025 y ahora tiene $350 millones congelados. Tapia, reelecto hace meses, promete que apelará “hasta la última instancia”. Si la Cámara confirma el procesamiento, el expediente camina inexorable hacia el juicio oral. La pelota, ahora, está en el tribunal superior.